Plan General de Ordenación Urbana
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Artículo 22.1 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
- Indicador nº 60 de los índices de transparencia propuestos por Transparencia Internacional para Ayuntamientos (2017)
El Ayuntamieto de Bisimbre carece de Plan General de Ordenación por lo que se rige por las Normas Subsidiarias y Complementarias de Planeamiento Municipal de la Provincia de Zaragoza, que puede consultar en el siguiente enlace:
- Normas Subsidiarias de la provincia de Zargoza
- Corrección a las Normas Subsidiarias de la provincia de Zaragoza
Las Normas Subsidiarias de Planeamiento de ámbito municipal tendrán por objeto:
a) Clasificar el suelo en urbano y no urbanizable, delimitando y ordenando el primero y estableciendo, en su caso, normas de protección para el segundo, o
b) Clasificar el suelo en urbano, urbanizable y no urbanizable, delimitando el ámbito territorial de cada uno de los distintos tipos de suelo, estableciendo la ordenación del suelo urbano y de las áreas aptas para la urbanización que integran el suelo urbanizable y, en su caso, fijando las normas de protección del suelo no urbanizable.
* El contenido de los documentos ha sido sometido a un proceso de seudonimización de datos en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento Europeo de Protección de Datos (2016/679)